Qué hacer en una emergencia: recomendaciones generales
Recomendaciones generales de autoprotección, válidas cuando no hay una guía específica para el fenómeno (por ejemplo, niebla u oleaje).
Si hay peligro ahora, llama al 112. Esta página es un resumen informativo y no sustituye las indicaciones de los servicios de emergencia. Si te dan una orden en el momento, síguela.
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Ante una situación de emergencia
- Antes de nada, detente unos instantes para recuperar la calma que te permita tomar las decisiones más oportunas. La serenidad y la reflexión son los mejores aliados, y tu tranquilidad favorece la seguridad de quienes te rodean. (fuente (se abre en una pestaña nueva))
- El uso simultáneo y masivo del teléfono bloquea las líneas: usa el tuyo solo en caso de extrema necesidad.
- Te facilitará los primeros momentos disponer de una radio, una linterna a pilas y un botiquín, tener localizados los documentos más importantes y recordar el teléfono 1-1-2.
- Propagar rumores o informaciones exageradas, incompletas o deformadas puede confundir y alarmar a otras personas afectadas y perjudicar la solución de la emergencia.
Fuente de esta sección: Dirección General de Protección Ciudadana (Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha), «Recomendaciones genéricas de autoprotección» (la página no indica fecha) (se abre en una pestaña nueva).
Contraste con la guía estatal (Ministerio del Interior): qué es la autoprotección
- La guía estatal define las medidas de autoprotección como el conjunto de acciones encaminadas a la protección, realizadas por uno mismo y para sí mismo. (fuente (se abre en una pestaña nueva))
- Según esa guía, los ciudadanos deben tomar las medidas necesarias para evitar generar riesgos y exponerse a ellos, y, una vez sobrevenida una emergencia, deben actuar conforme a las indicaciones de los agentes de los servicios públicos competentes.
- La misma guía recuerda que la autoprotección se configura como un deber en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
Fuente de esta sección: Dirección General de Protección Civil y Emergencias (Ministerio del Interior), «Guía de información al ciudadano sobre Autoprotección» (Colección Cultura Preventiva, NIPO 126-23-097-1, 2023) (se abre en una pestaña nueva).
Respaldo legal
Estas recomendaciones son consejos de autoprotección de una administración pública, no una norma. Lo que sí establece la ley es el marco en el que las personas deben informarse y actuar ante una emergencia: la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil (se abre en una pestaña nueva) (texto consolidado del BOE, consultado el 16 de octubre de 2026).
- Artículo 6, derecho a la información: todas las personas tienen derecho a ser informadas por los poderes públicos de los riesgos colectivos importantes que les afecten, de las medidas previstas y de «las conductas que deban seguir para prevenirlos», tanto en caso de emergencia como de forma preventiva.
- Artículo 7 ter.1, deber de cautela y autoprotección: «Los ciudadanos deben tomar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos, así como exponerse a ellos. Una vez sobrevenida una emergencia, deberán actuar conforme a las indicaciones de los agentes de los servicios públicos competentes.»
- Artículo 7 bis.2, deber de colaboración: en caso de emergencia, toda persona mayor de edad está obligada a cumplir las órdenes e instrucciones, generales o particulares, que establezcan las autoridades competentes en materia de protección civil.
En la práctica: si los servicios de emergencia te dan una orden, es obligatorio seguirla, aunque no coincida con lo que lees aquí.
Fuentes y cómo se ha hecho esta página
- Dirección General de Protección Ciudadana (Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha), «Recomendaciones genéricas de autoprotección» (la página no indica fecha) (se abre en una pestaña nueva)
- Dirección General de Protección Civil y Emergencias (Ministerio del Interior), «Guía de información al ciudadano sobre Autoprotección» (Colección Cultura Preventiva, NIPO 126-23-097-1, 2023) (se abre en una pestaña nueva)
- Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil (BOE-A-2015-7730) (se abre en una pestaña nueva)
- Información general y teléfonos de cada comunidad: Protección Civil (Ministerio del Interior) (se abre en una pestaña nueva)
Para la niebla y los fenómenos costeros (oleaje) no hemos encontrado en esa fuente recomendaciones específicas, así que no las inventamos: sigue los avisos de AEMET y las indicaciones de las autoridades de tu zona. Resumen redactado por esta web con sus propias palabras a partir de las páginas citadas, consultadas el 16 de octubre de 2026 (las guías del Ministerio del Interior, el 21 de octubre de 2026), sin añadir consejos de otra procedencia. No es un texto oficial y puede haber cambiado desde entonces: comprueba siempre la versión vigente en la fuente. Las fuentes principales son de una comunidad concreta (Castilla-La Mancha) y se han contrastado con las guías estatales del Ministerio del Interior, cuyos apartados de recomendaciones son en gran parte gráficos: solo se recoge aquí lo que figura como texto. En tu comunidad pueden recomendar cosas distintas, y mandan las indicaciones del 112 y de Protección Civil de tu zona. Si encuentras un error, escríbenos en contacto.
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